Toldos con más protección
De acuerdo con la Directiva 89/106/CE de productos de Construcción, en un breve periodo de tiempo será obligatorio que los fabricantes de toldos procedan a certificar sus productos para obtener el marcado CE de conformidad.
El periodo de coexistencia para la aplicación de la norma armonizada para el marcado CE de toldos empezó el 1 de marzo de 2005.
El sistema de verificación de conformidad de los toldos se encuentra recogido en la Decisión 1999/93/CE. De modo que el fabricante deberá realizar un ensayo inicial de tipo de producto y un control de producción en fábrica, y redactará una declaración CE de conformidad. (Sistema 4).
Para toldos motorizados es de aplicación, además, la Directiva 98/37/CE, siendo necesaria la realización de ensayos y comprobaciones para certificar que los productos que se fabrican son seguros. Se tendrán que aplicar el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión y el de Compatibilidad Electromagnética, y los motores eléctricos serán conformes a las normas europeas EN 60335-1 y EN 60335-2-97.
La norma UNE EN 13561:2004 "Toldos. Requisitos de prestaciones incluida la seguridad" se aplica a toldos que equipan edificios, especificando los niveles de prestaciones mínimos requeridos para su comercialización, y las normas de ensayo según el tipo de prestación (resistencia al viento, resistencia al embolsamiento de agua, resistencia a la carga de nieve, resistencia a la durabilidad, fuerza de maniobra, higiene, salud, medioambiente,…).
La conformidad con los capítulos relevantes de la norma UNE EN 13561 conlleva la presunción de conformidad con los requisitos esenciales de la Directiva 89/106/CE de Productos de Construcción y la Directiva 98/37/CE de Máquinas. Es decir, que aquel que siga esta norma para la fabricación de sus toldos está cumpliendo con los requisitos impuestos en ambas directivas.
Enlaces relacionados: norma UNE EN 13561 (97 KB, formato .pdf )
Más equipamientos y más calidad en los edificios. El toldo
La sociedad española, como ocurre en los países de nuestro entorno, demanda cada vez más calidad y equipamientos en los edificios y en los espacios urbanos. Esta demanda responde a una concepción más exigente de lo que implica la calidad de vida para todos los ciudadanos en lo referente al uso del medio construido.
Con el objetivo de mejorar la calidad de la edificación, y de promover la innovación y la sostenibilidad, el gobierno aprobó el 17 de Marzo del 2006 el Código Técnico de la Edificación. Un instrumento normativo que fija las exigencias básicas de calidad en los edificios y sus instalaciones. A través de esta normativa se da satisfacción a ciertos requisitos básicos de la edificación relacionados con la seguridad y el bienestar de las personas.
Dentro de esta normativa se rigen los niveles de prestación de un toldo que equipa un edificio. Tanto a nivel de seguridad como a nivel de equipamiento.
Enlaces relacionados: Código Técnico de la Edificación (377 KB, formato .pdf )
La seguridad
La Ley de Prevención de Riesgos Laborales (31/1995) promueve la salud y la seguridad de los trabajadores. A través de medidas y desarrollo de actividades necesarias para la prevención de riesgos derivados del trabajo.
Enlaces relacionados: Ley de Prevención de Riesgos Laborales (31/1995) (web del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. España)
La calidad, un valor permanente
Con el objetivo de mejorar y ofrecer cada día un servicio de máxima calidad. Los profesionales certifican sus sistemas de gestión de calidad de acuerdo a la norma DIN ISO 9001:2000.
La normativa DIN ISO 9001:2000 básicamente consiste en la implantación de procedimientos que describan las operaciones de la empresa. Un sistema que se le aplica tanto a sus productos como a sus servicios con el resultado de ofrecer un servicio con total garantías.
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